Barroso defiende al Tribunal Supremo y dice que Trump tiene una "comprensión inexacta de los hechos"

Estas rupturas institucionales o intentos de ruptura incluyen, solo en los últimos 90 años: la Intentona comunista de 1935, el golpe de Estado Novo de 1937, el impeachment de Getúlio Vargas en 1945, el contragolpe preventivo del mariscal Lott en 1955, el impeachment de João Goulart en 1964, el Acto Institucional No. 5 en 1968, el impeachment de Pedro Aleixo y la promulgación de una nueva Constitución en 1969, los años de plomo hasta 1973 y el cierre del Congreso por Geisel en 1977. Nos llevó mucho tiempo superar los ciclos de atraso. La preservación del estado de derecho democrático se ha convertido en uno de los activos más preciados de nuestra generación. Pero ha habido muchas amenazas.
En los últimos años, a partir de 2019, hemos vivido episodios que incluyen: un intento de atentado terrorista con bomba en el aeropuerto de Brasilia; un intento de invasión a la sede de la Policía Federal; un intento de explosión de una bomba en el Supremo Tribunal Federal (STF); falsas acusaciones de fraude electoral en las elecciones presidenciales; una modificación del informe de las Fuerzas Armadas que concluía que no hubo fraude en las máquinas de votación electrónica; amenazas a la vida e integridad física de los magistrados del Supremo Tribunal Federal, incluyendo solicitudes de impeachment; campamentos de miles de personas frente a los cuarteles militares exigiendo la destitución del presidente electo. Y, según una denuncia presentada por el Fiscal General, un intento de golpe de Estado que incluyó un plan para asesinar al presidente de la República, al vicepresidente y a un magistrado del Supremo Tribunal Federal.
Un tribunal independiente y activo fue necesario para evitar el colapso institucional, como ha ocurrido en varios países del mundo, desde Europa del Este hasta Latinoamérica. Los procesos penales en curso por diversos delitos contra el Estado de derecho democrático se rigen estrictamente por el debido proceso, con absoluta transparencia en todas las etapas del juicio. Las audiencias públicas, retransmitidas por televisión, cuentan con la presencia de abogados, la prensa y el público.
El juicio continúa. La denuncia del Ministerio Público fue admitida a trámite, como es habitual en los procesos penales de cualquier nivel, con base en indicios serios de un delito. Abogados experimentados y cualificados presentaron sus argumentos contradictorios. Los autos contienen confesiones, grabaciones de audio, vídeos, textos y otros elementos destinados a documentar los hechos. El Supremo Tribunal Federal (STF) decidirá con independencia y basándose en las pruebas. Si existen pruebas, los culpables responderán por sus actos. De no existir, serán absueltos. Así funciona el Estado de derecho democrático.
Para quienes no vivieron una dictadura o no la recuerdan, vale la pena recordar: hubo falta de libertad, tortura, desapariciones forzadas, el cierre del Congreso y la persecución de jueces. En el Brasil de hoy, nadie es perseguido. Se imparte justicia, basada en pruebas y respetando el sistema acusatorio. Como todos los poderes del Estado en una sociedad abierta y democrática, el Poder Judicial está sujeto a desacuerdos y críticas. Estos se expresan constantemente, sin ningún grado de represión. Junto con otras instituciones, como el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo, el Supremo Tribunal Federal ha desempeñado con éxito sus tres funciones principales: garantizar el gobierno de la mayoría, preservar el estado de derecho democrático y proteger los derechos fundamentales.
Finalmente, cabe destacar que todos los medios de comunicación, tanto físicos como virtuales, circulan libremente, sin ningún tipo de censura. El Supremo Tribunal Federal (STF) ha protegido firmemente el derecho a la libertad de expresión: entre otras decisiones, declaró inconstitucional la antigua Ley de Prensa, promulgada durante el régimen militar (ADPF 130), las normas electorales que restringían el humor y la crítica a los agentes políticos durante las elecciones (ADI 4.1451), así como las que prohibían la publicación de biografías no autorizadas (ADI 4815). Más recientemente, otorgó protección especial a los periodistas contra intentos de acoso judicial (ADI 6792).
uol